Las obras de rehabilitación que se pueden acoger a esta convocatoria son:
Rehabilitación con medidas de ahorro energético: Reducción del consumo y mejora de la eficiencia energética de los edificios actuando sobre todos los elementos del edificio o impulsando medidas activas de generación de energía.
- Actuaciones para poner aislamiento en toda la envolvente del edificio (fachadas, patios, cubiertas y medianeras).
- Instalación de agua caliente sanitaria mediante energía solar.
- Puesta en marcha de placas solares obsoletas.
- Agua directa sanitaria.
- Centralización de instalaciones y sustitución de servicios de suministro por otras más eficientes.
Rehabilitación con medidas parciales de ahorro energético: Reducción del consumo y mejora de la eficiencia energética de los edificios, actuando sobre elementos parciales del edificio.
- Fachadas
- Cubiertas
- Medianeras y patios
- Azoteas verdes
- Energia solar.
Accesibilidad: instalación de ascensores, en edificios que no tengan y supresión de barreras arquitectónicas.
Patologías estructurales: obras para la reparación de patologías estructurales en edificios. Sin límite al importe de la subvención.
Rehabilitación arquitectónica de elementos comunes: Las obras que no incorporen mejoras en la eficiencia energética del edificio podrán optar a una subvención del 20% (máximo € 30.000): escaleras y vestíbulos, patios de luces, instalaciones generales comunes como las redes: sanitaria (renovación de los bajantes), de agua corriente, eléctrica, de gas; el ordenamiento de: antenas, aparatos de aire acondicionado, etc. Supresión del fibrocemento hasta un 25%.